LA PROTECCIÓN ACTIVA EN EDIFICIOS
Edificación y construcción para bomberos
1. SISTEMAS DE DETECCIÓN Y ALARMA EN EDIFICIOS
Los sistemas de detección y alarma son los primeros elementos de lo que se conoce como protección activa, que tiene como objetivo controlar y extinguir el incendio a través de equipos y dispositivos que detectan, dan la alarma y extinguen el fuego.- El sistema de detección y alarma es un conjunto de elementos interrelacionados y ordenados que tienen por objeto percibir un fenómeno propio de un incendio y transmitir el aviso de su existencia al lugar afectado o a otro lugar establecido para este fin.
Los distintos elementos que forman este sistema son los siguientes:
• Detector: es un dispositivo que contiene un sensor que controla de forma continua o a intervalos un fenómeno físico o químico correspondiente a un incendio y que emite una señal.
• Pulsador: es un elemento del sistema de detección y alarma que funciona por accionamiento manual que transmite una señal.
• Equipo de Control y Señalización: es un aparato que tiene una serie de funciones:
• Pulsador: es un elemento del sistema de detección y alarma que funciona por accionamiento manual que transmite una señal.
• Equipo de Control y Señalización: es un aparato que tiene una serie de funciones:
- Alimentar eléctricamente al resto de los componentes del sistema.
- Recibir señales procedentes de los detectores y pulsadores.
- Determinar qué señales corresponden a una condición de alarma.
- Transmitir una señal de alarma al resto de elementos del sistema:
- Central de Recepción.
- Dispositivos de Alarma.
- Aparatos de accionamiento de los Sistemas de Control y de Protección contra Incendios.
• Central de recepción: es el aparato receptor que recoge señales procedentes del Equipo de Control y Señalización.
• Sistema de accionamiento de sistemas de protección activa contra incendios:
- Sistema de Extinción Automática.
- Extracción y control de humos.
- Sistema de Bloqueo del funcionamiento de aparatos que pueden propagar el fuego.
9.1. Detección
- La detección es el proceso de percepción del incendio y de transmisión de la señal de percepción.
En la percepción del suceso, en función del uso del local, se establecerá una:
• Detección humana, en la que es el propio ocupante del recinto donde se produce el siniestro quien observa su presencia y transmite el aviso posterior a una central de recepción (normalmente con los pulsadores manuales) o al resto de los ocupantes del lugar donde se ha producido; o
• Detección automática, que se realiza a través de detectores automáticos, que son los elementos encargados de enviar la señal.
Para seleccionar el mejor detector automático es necesario conocer la evolución de un fuego tipo. Al inicio del fuego se desprenden iones o radicales libres, como consecuencia de la “pirólisis” del combustible; en una etapa posterior, se emiten humos; seguidamente, se generarán las llamas; y, por último y en su desarrollo final, se incrementará la temperatura de los humos.
Así, existen diferentes tipos de detectores en función de su sensibilidad al captar un determinado fenómeno que se produce en una u otra etapa en la evolución de un fuego. Son los siguientes:
• Detectores de humos: pueden ser de dos tipos: lineales u ópticos.
• Detectores de llama: están especialmente indicados en el ámbito industrial por su facilidad para detectar gases y líquidos de alto riesgo de combustión sin humo. Debido a que las llamas emiten radiación infrarroja y ultravioleta, los detectores de llama se clasifican en tres tipos según la naturaleza de las radiaciones que detecten (ultravioleta, infrarroja o una combinación de ellas).
• Detectores térmicos: existen dos tipos: el estático, que actúa cuando se alcanza una determinada temperatura (suele ser 58º C) y el termovelocimétrico, que actúa cuando la velocidad de crecimiento de la temperatura supera un valor determinado (generalmente unos 8º C/min).
• Detectores por aspiración: se basan en una alerta temprana por la detección rápida de los primeros aerosoles que se producen en un incendio. Son muy útiles en salas limpias con altas exigencias para la detección rápida de humo y gases del incendio. Están formados por un dispositivo de aspiración (turbina o ventilador), un filtro y un equipo de detección; todo el conjunto está conectado con una red de tuberías de las que salen capilares con boquillas de aspiración que funcionan como tomas de muestreo.
• Detectores óptico-térmicos: combinan las cualidades y la tecnología, tanto de los ópticos como de los termovelocimétricos. Por esta razón, son una interesante opción para las instalaciones donde se produzcan incendios de rápido crecimiento y propagación, así como en los que existan partículas en suspensión de un cierto espesor.
• Detección automática, que se realiza a través de detectores automáticos, que son los elementos encargados de enviar la señal.
Para seleccionar el mejor detector automático es necesario conocer la evolución de un fuego tipo. Al inicio del fuego se desprenden iones o radicales libres, como consecuencia de la “pirólisis” del combustible; en una etapa posterior, se emiten humos; seguidamente, se generarán las llamas; y, por último y en su desarrollo final, se incrementará la temperatura de los humos.
Así, existen diferentes tipos de detectores en función de su sensibilidad al captar un determinado fenómeno que se produce en una u otra etapa en la evolución de un fuego. Son los siguientes:
• Detectores de humos: pueden ser de dos tipos: lineales u ópticos.
• Detectores de llama: están especialmente indicados en el ámbito industrial por su facilidad para detectar gases y líquidos de alto riesgo de combustión sin humo. Debido a que las llamas emiten radiación infrarroja y ultravioleta, los detectores de llama se clasifican en tres tipos según la naturaleza de las radiaciones que detecten (ultravioleta, infrarroja o una combinación de ellas).
• Detectores térmicos: existen dos tipos: el estático, que actúa cuando se alcanza una determinada temperatura (suele ser 58º C) y el termovelocimétrico, que actúa cuando la velocidad de crecimiento de la temperatura supera un valor determinado (generalmente unos 8º C/min).
• Detectores por aspiración: se basan en una alerta temprana por la detección rápida de los primeros aerosoles que se producen en un incendio. Son muy útiles en salas limpias con altas exigencias para la detección rápida de humo y gases del incendio. Están formados por un dispositivo de aspiración (turbina o ventilador), un filtro y un equipo de detección; todo el conjunto está conectado con una red de tuberías de las que salen capilares con boquillas de aspiración que funcionan como tomas de muestreo.
• Detectores óptico-térmicos: combinan las cualidades y la tecnología, tanto de los ópticos como de los termovelocimétricos. Por esta razón, son una interesante opción para las instalaciones donde se produzcan incendios de rápido crecimiento y propagación, así como en los que existan partículas en suspensión de un cierto espesor.
9.2.Alarma
Los dispositivos para la activación manual de alarma de incendio, es decir, los pulsadores de alarma se situarán de modo que la distancia máxima a recorrer, desde cualquier punto que deba ser considerado como origen de evacuación, hasta alcanzar un pulsador, no supere los 25 m.Los pulsadores de edificios o establecimientos con licencia de obra posterior al 12 de septiembre de 2010 tendrán su parte superior a una altura entre 80 cm y 120 cm; y en los edificios ya existentes o con licencia anterior a esa fecha, se bajarán a la altura indicada cuando suponga un ajuste razonable.
En cuanto a los propios dispositivos de alarma de incendios, en edificios o establecimientos en los que existan personas con discapacidad auditiva, personas que tengan que llevar protección auditiva o donde el nivel del ruido supere los 60 dB(A), estos dispositivos de alarma serán acústicos y visuales, siempre y cuando hayan obtenido la licencia de obra en fecha posterior al 12 de septiembre de 2010. En los edificios ya existentes o con licencia anterior a esa fecha, las alarmas serán acústicas y visuales cuando suponga un ajuste razonable.
Tanto el nivel sonoro como el óptico deberán ser percibidos en cada uno de los sectores de detección en donde estén instalados.
Se entienden por “ajustes razonables” aquellas modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas del ambiente físico, social y actitudinal, a las necesidades específicas de las personas con discapacidad que no impongan una carga desproporcionada o indebida, cuando se requieran en un caso particular de manera eficaz y práctica, para facilitar la accesibilidad y la participación y para garantizar a las personas con discapacidad el goce o ejercicio, en igualdad de condiciones con las demás, de todos los derechos (artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2013 ↗, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social).
Los sistemas de detección y alarma, tanto en su diseño, señalización, instalación o mantenimiento deberán ajustarse a lo establecido en el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios (Real Decreto 513/2017 ↗).
En relación con su mantenimiento, estos sistemas y cada uno de sus elementos por separado serán revisados cada tres y/o seis meses, bien por personal especializado del fabricante, o de una empresa mantenedora, o bien por el personal del usuario o titular de la instalación; y anualmente por personal especializado del fabricante o por el personal cualificado de la empresa mantenedora.
En cuanto a los propios dispositivos de alarma de incendios, en edificios o establecimientos en los que existan personas con discapacidad auditiva, personas que tengan que llevar protección auditiva o donde el nivel del ruido supere los 60 dB(A), estos dispositivos de alarma serán acústicos y visuales, siempre y cuando hayan obtenido la licencia de obra en fecha posterior al 12 de septiembre de 2010. En los edificios ya existentes o con licencia anterior a esa fecha, las alarmas serán acústicas y visuales cuando suponga un ajuste razonable.
Tanto el nivel sonoro como el óptico deberán ser percibidos en cada uno de los sectores de detección en donde estén instalados.
Se entienden por “ajustes razonables” aquellas modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas del ambiente físico, social y actitudinal, a las necesidades específicas de las personas con discapacidad que no impongan una carga desproporcionada o indebida, cuando se requieran en un caso particular de manera eficaz y práctica, para facilitar la accesibilidad y la participación y para garantizar a las personas con discapacidad el goce o ejercicio, en igualdad de condiciones con las demás, de todos los derechos (artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2013 ↗, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social).
Los sistemas de detección y alarma, tanto en su diseño, señalización, instalación o mantenimiento deberán ajustarse a lo establecido en el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios (Real Decreto 513/2017 ↗).
En relación con su mantenimiento, estos sistemas y cada uno de sus elementos por separado serán revisados cada tres y/o seis meses, bien por personal especializado del fabricante, o de una empresa mantenedora, o bien por el personal del usuario o titular de la instalación; y anualmente por personal especializado del fabricante o por el personal cualificado de la empresa mantenedora.
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