2.2. LAS FUNCIONES CONSTITUCIONALES DEL REY

 
Las funciones del Rey en la Constitución Española

Temario común de oposiciones

FUNCIONES REPRESENTATIVAS Y EXPRESAS DEL REY


Ya sabemos que las funciones del Rey son más bien simbólicas y que según la Constitución se encuentra desprovisto de poderes efectivos; no obstante, sus funciones son importantes y se encuentran enumeradas en la Constitución (art. 62) y en las Leyes, unas veces expresamente y otras genéricamente; estas últimas, las genéricas, derivan del papel que se atribuye al Rey como símbolo de la unidad y permanencia del Estado, como árbitro y moderador del funcionamiento regular de las instituciones y como el más alto representante del Estado en las relaciones internacionales.


1. Funciones de carácter simbólico o representativo:


  • El Rey como símbolo de la unidad y permanencia del Estado. Se le configura como Jefe del Estado.

  • El Rey como árbitro y moderador del funcionamiento regular de las instituciones.

  • El Rey como máximo representante del Estado en las relaciones internacionales: al Monarca se le atribuye la más alta representación del Estado español en la acción exterior.


2. Funciones expresas del Rey

Las funciones expresas atribuidas al Rey pueden ser clasificadas en los siguientes grupos, constituyendo facultades regladas y, por lo general, actos debidos. 


2.1. En relación con las Cortes Generales

  • Sanciona y promulga las Leyes.

  • Convoca y disuelve las Cortes Generales.

  • Convoca elecciones generales.

  • Convoca el referéndum.


2.2. En relación con el poder ejecutivo (Gobierno y Administración)

  • Propone el candidato a Presidente de Gobierno; lo nombra, en su caso, así como pone fin a sus funciones.

  • Nombra y separa a los miembros del Gobierno a propuesta de su Presidente.

  • Expide los Decretos acordados en Consejo de Ministros.

  • Es informado de los asuntos de Estado y preside, a estos efectos, el Consejo de Ministros.

  • Confiere los empleos civiles y militares y concede honores y distinciones con arreglo a las Leyes.

  • Ejerce el mando supremo de las Fuerzas Armadas.

  • Ejerce el Alto Patronazgo de las Reales Academias.


2.3. En las relaciones internacionales

  • Ejerce la más alta representación del Estado.

  • Acredita a los embajadores y otros representantes diplomáticos, y los representantes extranjeros están acreditados ante él (presentación de cartas credenciales).

  • Manifiesta el consentimiento del Estado para obligarse internacionalmente por medio de Tratados de conformidad con la Constitución y las Leyes.

  • Declara la guerra y hace la paz, previa autorización de las Cortes Generales.


2.4. En relación con la Justicia

  • En su nombre es administrada la Justicia.

  • Ejerce el derecho de gracia, que nunca podrá implicar la concesión de indultos generales.

  • Nombra al Presidente del Tribunal Supremo, al Fiscal General del Estado y los Vocales del Consejo General del Poder Judicial.

  • Nombra al Presidente y demás miembros del Tribunal Constitucional.


2.5. En relación con las Comunidades Autónomas

  • Ha de respetar los derechos de las Comunidades Autónomas.

  • Nombra al Presidente de las Comunidades Autónomas, con el refrendo del Presidente del Gobierno.

  • Sanciona los Estatutos de Autonomía.

  • Convoca los referéndums autonómicos.

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