Requisitos para ser bombero en la Comunidad de Madrid

Requisitos para ser bombero en la Comunidad de Madrid
Sumario: 1. Requisitos. 2. Sistema de selección. 3. Fases de la oposición. Conocimientos y aptitudes psicotécnicas. Aptitudes físicas y habilidades funcionales. Reconocimiento médico. 4. Fase de oposición. Conocimientos teóricos. Valoración psicotécnica. Memoria operativa. 5. Exclusiones.


REQUISITOS DE BOMBEROS PARA LA COMUNIDAD DE MADRID

Oposiciones a bombero para Madrid



1. REQUISITOS DE BOMBEROS COMUNIDAD DE MADRID



Requisitos: 
      1. Tener cumplidos dieciocho años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
      2. Estar en posesión del título de Bachiller o de Técnico obtenido de acuerdo con la legislación vigente.
      3. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
      4. Estar en posesión del permiso de conducir de clase B
      5. Capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas propias de su trabajo. Dada la naturaleza del servicio que prestan no deberán estar incursos/as en ninguno de los impedimentos determinados en el cuadro de exclusiones establecido para el Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid.


2. SISTEMA DE SELECCIÓN BOMBEROS COMUNIDAD DE MADRID



El proceso de selección de los/las aspirantes constará de dos fases
:
  • Oposición
  • Curso selectivo de formación.


3. FASES DE OPOSICIÓN PARA BOMBEROS COMUNIDAD DE MADRID



La fase de oposición constará de tres pruebas con diversos ejercicios. Cada uno de estos ejercicios tendrá un carácter eliminatorio.


• Primera: Conocimientos y aptitudes psicotécnicas.

Estará compuesta por las siguientes partes:

Conocimiento de un temario

  • Cuestionario tipo test teórico de 90 preguntas con 3 respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta. Un mínimo del 80% de las preguntas versarán sobre los contenidos del Bloque II de conocimientos específicos.

  • El tiempo de realización de este ejercicio será de 90 minutos.


Ejercicio de valoración psicotécnica.

Orientada a comprobar que las aptitudes de los/las aspirantes son las más adecuadas para la función a desempeñar. Cuestionario tipo test dividido en cuatro apartados:
      1. Atención selectiva. Capacidad de concentración sobre uno o varios estímulos.
      2. Razonamiento abstracto. Capacidad de resolver problemas lógicos.
      3. Aptitud espacial. Capacidad de concebir y relacionar figuras en el espacio.
      4. Aptitud mecánica. Capacidad de manejar objetos y comprender mecanismos.
El tiempo de realización, el número de preguntas, y el valor de las correctas y erróneas será determinado por el Tribunal en función del diseño de la prueba. Cada pregunta de este ejercicio tendrá tres respuestas alternativas.


Ejercicio de valoración de memoria operativa.

Capacidad de retención y procesamiento de la información en intervenciones tipo. Consistirá en contestar a un cuestionario tipo test.


• Segunda: Aptitudes físicas y habilidades funcionales.

Cada uno de los ejercicios será eliminatorio para pasar al siguiente.

• Ejercicios:
      1. Velocidad: carrera de 200 m lisos.
      2. Acuático y subacuático de acción rápida combinada: 25 metros de buceo más 75 metros de natación.
      3. Resistencia orgánica: carrera de 1500 metros lisos.
      4. Fuerza: trepa de la cuerda lisa de 6,5 metros.
      5. Aptitud en espacios confinados.
      6. Resistencia anaeróbica: carrera vertical en torre de 8 plantas.
      7. Trabajo en altura.
      8. Movimiento manual de cargas.
      9. Desplazamiento de carga con maza.
      10. Corte en madera.
      11. Colocación de puntal telescópico metálico.
      12. Manejo de pala.
Los ejercicios se efectuarán en el orden especificado, del 1 al 12, excepto causas debidamente motivadas que impidan su ejecución en dicha disposición.

• El ejercicio de velocidad (200 metros) y el ejercicio acuático y subacuático de acción rápida combinada (25 metros buceo más 75 metros natación) se efectuarán en el mismo día. El ejercicio de resistencia orgánica (1500 metros) se desarrollará en una jornada diferente a los ejercicios 1 y 2.


CERTIFICADO MÉDICO

Antes del inicio de este bloque de pruebas, los/las aspirantes deberán acreditar al Tribunal Calificador la condición física requerida para la realización de las mismas mediante la presentación de un certificado médico extendido en impreso oficial y firmado por colegiado/a en ejercicio, en el que haga constar expresamente que el/la aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de los ejercicios físicos que figuran especificados en el apartado siguiente. No se admitirán aquellos certificados que no se ajusten literalmente en su redacción a estos conceptos. Esta certificación médica no excluye las comprobaciones posteriores que se efectúen en el reconocimiento médico.


CONTROL ANTIDOBAJE

Durante el desarrollo de estos ejercicios se realizará el pertinente control antidopaje, bien a todas las personas que se presentan al ejercicio, o a un muestreo significativo que determine el Tribunal.

Si quien aspira a una plaza presenta en este control unos niveles de sustancias prohibidas superiores a los establecidos como máximos admisibles por el Consejo Superior de Deportes, será eliminado/a del proceso selectivo por el Tribunal.

La resistencia o negativa expresa por parte de la persona que se ha presentado al ejercicio a realizar la prueba de control antidopaje, o su no presentación a la realización de la misma en el lugar y tiempo en que sea convocado/a, sin que exista causa justificativa debidamente acreditada, supondrá su exclusión del proceso selectivo.

El/La aspirante que reciba tratamiento habitual con alguna medicación susceptible de dar lugar a un resultado desfavorable, deberán comunicar al Tribunal Calificador, con antelación de 14 días a la realización de las pruebas físicas, la autorización de uso terapéutico.

Si alguna de las aspirantes en la fecha de celebración de las pruebas físicas se encontrará en estado de embarazo, parto o puerperio, debidamente acreditado, realizará el resto de las pruebas, quedando la calificación, en el caso de que superase todas la demás, condicionada a la superación de las pruebas de aptitud física, en la fecha que el Tribunal determine al efecto, una vez desaparecidas las causas que motivaron el aplazamiento. Dicho aplazamiento no podrá superar los seis meses de duración, desde el comienzo de las pruebas selectivas, salvo que se acredite con certificación médica que persisten las causas, en cuyo caso se podrá aplazar otros seis meses más.


Tercera: Reconocimiento médico.

Será practicado por los facultativos/as designados/as al efecto.

Se realizarán cuantas pruebas clínicas, analíticas y complementarias, o de otra clase, se consideren necesarias para comprobar que los/las aspirantes reúnen las aptitudes físicas necesarias para el desempeño de las funciones del puesto de trabajo en la categoría de Bombero/a Especialista del Servicio de Extinción de Incendios.

Para la realización de este reconocimiento médico será requisito indispensable la presentación de la autorización. Sin dicha autorización no podrá realizarse la prueba, quedando el/la aspirante eliminado/a del proceso selectivo.


4. FASE DE OPOSICIÓN DE BOMBEROS EN COMUNIDAD DE MADRID



Calificación de la fase de oposición.

CUESTIONES GENERALES

  • Todos los ejercicios serán eliminatorios

  • Calificados de 0 a 10 puntos o con apto/no apto.

  • Todos los ejercicios son de carácter obligatorio.

  • Hay que alcanzar un mínimo de 5 puntos o apto, en cada uno de ellos.


CALIFICACIÓN DE LOS EJERCICIOS

CONOCIMIENTOS TEÓRICOS:
      1. Se calificará de 0 a 10 puntos, puntuación mínima de 5 puntos.
      2. Cada respuesta correcta se valorará en positivo
      3. La pregunta no contestada, en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración.
      4. Respuesta errónea se penalizará con el equivalente a 1/3 del valor de la respuesta correcta, redondeado al valor del segundo decimal.

VALORACIÓN PSICOTÉCNICA
      1. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados/as aquellos/as aspirantes que no alcancen la puntuación mínima de 5 puntos en el conjunto, no individualmente, de las cuatro capacidades evaluables.
      2. Cada respuesta correcta se valorará en positivo
      3. La pregunta sin respuesta, en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración
      4. La pregunta con respuesta errónea se penalizará con el equivalente a un tanto por ciento del valor de la respuesta correcta conforme al criterio establecido previamente por el Tribunal, redondeado al valor del segundo decimal.

MEMORIA OPERATIVA
      1. Se calificará de 0 a 10 puntos, puntuación mínima de 5 puntos. 
      2. Cada respuesta correcta se valorará en positivo.
      3. La pregunta no contestada, en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración.
      4. Respuesta errónea se penalizará con el equivalente a 1/3 del valor de la respuesta correcta, redondeado al valor del segundo decimal.

PUNTUACIÓN TOTAL

La puntuación total de la prueba de conocimientos teóricos y aptitudes psicotécnicas:

1. Conocimiento de un temario: 60%.
2. Ejercicio de valoración psicotécnica: 25%.
3. Ejercicio de valoración de memoria operativa: 15%.


APTITUDES FÍSICAS Y HABILIDADES FUNCIONALES

Calificados mediante una valoración de apto/no apto o de 0 a 10 puntos:
  • 5 puntos al nivel mínimo exigido
  • 10 puntos al nivel máximo puntuable

La puntuación total de la prueba de Aptitudes físicas y habilidades funcionales se obtendrá de acuerdo con los siguientes porcentajes de cada una de sus partes:

Ejercicio de velocidad: carrera de 200 m lisos: 10%.
Ejercicio acuático y subacuático de acción rápida combinada: 25 metros de buceo más 75 metros de natación: 10%.
Ejercicio de resistencia orgánica: carrera de 1500 metros lisos: 10%.
Ejercicio de fuerza: trepa de la cuerda lisa de 6,5 metros: 10%.
Ejercicio de resistencia anaeróbica: carrera vertical en torre de 8 plantas: 10%.
Ejercicio de habilidades funcionales: movimiento manual de cargas: 10%.
Ejercicio de habilidades funcionales: desplazamiento de carga con maza: 10%.
Ejercicio de habilidades funcionales: corte en madera: 10%.
Ejercicio de habilidades funcionales: colocación de puntal telescópico metálico: 10%.
Ejercicio de habilidades funcionales: manejo de pala: 10%.



5. EXCLUSIONES PARA BOMBEROS EN COMUNIDAD DE MADRID



1. Exclusiones circunstanciales.

Enfermedad o lesiones agudas de solución médica o quirúrgica, activas en el momento del reconocimiento, que potencialmente puedan producir secuelas capaces de dificultar, limitar o impedir el desarrollo de las funciones exigidas para el puesto solicitado. En tales casos, el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas, con las asesorías necesarias, podrá fijar un nuevo plazo para comprobación del estado del/de la aspirante, anterior al inicio del curso selectivo de formación, al final del cual la asesoría médica certificará si persiste la situación, si han quedado secuelas o han desaparecido los motivos de exclusión circunstancial.

2. Exclusiones definitivas de carácter general.

Defectos físicos congénitos o adquiridos, de cualquier tipo y localización, que menoscabe o dificulte la función pública y las realizaciones específicas del puesto a que opta, aunque sea parcialmente.
Enfermedades agudas o crónicas de cualquier aparato o sistema con posible repercusión sobre las realizaciones específicas del puesto a que opta, aunque sea parcialmente, incluyéndose como alteraciones del sistema nervioso las siguientes: epilepsia, depresión, temblor de cualquier causa, alcoholismo, toxicomanías y otros procesos patológicos que dificulten el desarrollo de la función a desempeñar.

3. Exclusiones definitivas de carácter específico.

3.1. Ojo y visión

Agudeza visual espontánea remota inferior a ½ (un medio) en el ojo peor y 2/3 (dos tercios) en el otro, sin corrección, según la escala de Wecker. Al tratarse de una prueba sin corrección visual, los aspirantes que usen gafas correctoras o lentes de contacto, deberán abstenerse de su utilización como mínimo 24 horas antes del día en que les corresponda acudir al reconocimiento médico. Hemianopsias. Discromatopsias, salvo las de carácter leve.

3.2. Oído y audición.

Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios, o de 4.000 hertzios a 45 decibelios.

3.3. Varices o insuficiencia venosa periférica, prescindiendo de su intensidad.

3.4. Hipertensión arterial

Prescindiendo de su causa. Las cifras de presión arterial, tomadas con el sujeto en reposo y sentado, no deberán ser superiores a:

- Presión sistólica: 140 m/Hg.
- Presión diastólica: 90 mm/Hg.

3.5. Alteraciones del aparato locomotor

Que limiten o dificulten la realización del servicio encomendado o puedan agravarse, a juicio de los/as facultativos/as, con el puesto de trabajo (amputaciones de manos, pie, dedos que dificulten la pinza, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular, ósea o articular, pie plano, defectos de la estática de la columna vertebral, prescindiendo de su intensidad).

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