Resumen Ley Solo Sí Es Sí - Normativa oposiciones 2022
Prevención y sensibilización, derechos laborales y de Seguridad Social y programa específico de empleo para víctimas de violencia sexual.
Objeto de la ley
- La garantía y protección integral del derecho a la libertad sexual
- La erradicación de todas las violencias sexuales
Finalidad
Adopción de políticas efectivas, globales y coordinadas entre administraciones para garantizar sensibilización, prevención, detección y sanción de las violencias sexuales.
La norma entra en vigor a los 30 días desde su publicación en BOE, salvo preceptos con vigencia posterior.
¿Qué leyes modifica la LO 10/2022?
- Disposición Final 1: Ley de Enjuiciamiento Criminal (arts. 13, 112, 544 bis, 681.3 y 709)
- Final 2: Ley Orgánica del Derecho a la Educación (art. 31.1 m)
- Final 4: Código Penal (arts. 36, 83.2, 172 bis, 172 ter, 173, 178 a 184, 190 a 194, 197 y 443.2)
- Final 6: Ley de Derechos y Libertades de Extranjeros (art. 31 bis - residencia víctimas violencia sexual)
- Final 7: Ley Responsabilidad Penal de Menores
- Final 8: Ley General de Subvenciones
- Final 9: LO 1/2004 de Violencia de Género
- Final 10: LO 3/2007 Igualdad Efectiva Mujeres y Hombres (arts. 37, 38, 48, 66 y 68)
- Final 12: Estatuto de la Víctima del Delito
- Final 14: Estatuto de los Trabajadores (arts. 37.8, 40.4, 45.1 n, 49.1 m, 53.4 b y 55.5 b)
- Final 15: TREBEP (arts. 49 d, 82.1 y 89 - permiso, movilidad y excedencia víctimas)
- Final 16: Ley General de Seguridad Social
Disposiciones de ámbito laboral
1. Prevención y sensibilización en el ámbito laboral
Art. 12: Las empresas deberán promover condiciones que eviten delitos contra la libertad sexual, con procedimientos específicos para denuncias, incluyendo ámbito digital. Medidas negociadas con representantes: códigos de buenas prácticas, campañas, protocolos y formación.
Beneficia a toda la plantilla, fijos discontinuos, temporales, prácticas, becarias y voluntariado. Se debe incluir la violencia sexual en la valoración de riesgos laborales.
2. Derechos laborales y de Seguridad Social
Art. 38: Reducción o reordenación de tiempo, movilidad geográfica, cambio de centro, adaptación de puesto, suspensión con reserva de puesto hasta 6 meses prorrogable hasta 18 meses por juez, y extinción.
Bonificación 100% cuotas empresariales por contratar interinos para sustituir a víctimas. Ausencias justificadas y remuneradas por situación física o psicológica.
Autónomas: cese temporal 6 meses con cotización efectiva y base promedio 6 meses previos.
3. Programa específico de empleo
Programa de acción en planes anuales de empleo para víctimas inscritas como demandantes, incluyendo autoempleo y ayudas económicas de 6 meses de subsidio si carecen de rentas superiores al SMI.
Acceso prioritario a parque público de vivienda y residencias para dependencia. Corrección de errores LO 10/2022 en BOE