BOMBEROS DEL AYUNTAMIENTO DE BARCELONA
Oposiciones de bombero para Barcelona
REQUISITOS PARA BOMBEROS AL AYUNTAMIENTO DE BARCELONA
Para ser admitidos en la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir el último día de presentación de solicitudes y durante todo el proceso selectivo, los siguientes requisitos:• Tener la nacionalidad española o de un país de la Unión Europea.
También pueden ser admitidas las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea aplicable la libre circulación de trabajadores. Igualmente, pueden participar, sea cual sea su nacionalidad, el o la cónyuge de español o de nacional de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no esté separado de derecho, y sus descendientes y los del cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de 21 años o mayores de esta edad dependientes, de acuerdo con lo que dispone el artículo 57 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público.
En cualquier caso, las personas participantes que no tengan la nacionalidad española tienen que acreditar documentalmente su nacionalidad
• Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad que le permita alcanzar la jubilación. Cada entidad local puede fijar una edad máxima para bombero, aunque no es habitual.
• Estar en posesión, o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Graduado en Educación Secundaria obligatoria, graduado escolar, técnico correspondiente a ciclos formativos de grado medio, técnico auxiliar correspondiente a formación profesional de primer grado o UNALT equivalente o superior. Si se trata de un título obtenido en el extranjero, es necesario disponer de la homologación correspondiente del órgano competente.
• No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones. Reunir las condiciones físicas y sanitarias necesarias para la realización de las pruebas físicas de la oposición que serán acreditadas por certificado médico.
• Estar en posesión del permiso de conducir de la categoría C, en vigor, o permisos equivalentes de acuerdo con la normativa aplicable
• No haber sido separado mediante expediente disciplinario de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. En el caso de ser nacional de otro Estado, no encontrarse inhabilitado o en una situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, acceder al empleo público.
NOTA: Estos requisitos son orientativos, cada entidad convocante puede establecer los que considere más oportunos en cada convocatoria.
ACTIVIDADES A DESARROLLAR
- Extinción de incendios forestales, urbanos, rurales e industriales
- Excarcelación (liberación) en accidentes de tráfico, ferroviarios, aéreos…
- Rescates acuáticos
- Recates verticales y evacuaciones
- Emergencias con mercancías peligrosas
- Búsqueda de víctimas de catástrofes
- Emergencias menores como rescate de animales atrapados o asistencias técnicas en tuberías principales
EXAMEN
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de los siguientes ejercicios.Primer ejercicio:
Consiste en un cuestionario de 50 preguntas tipo test con cuatro respuestas alternativa, en las que solo una de ellas es la correcta. En el ejercicio se valorará los conocimientos del temario general de la convocatoria.
La calificación es de 0 a 8 puntos.
Segundo ejercicio:
Consiste en un cuestionario de 50 preguntas tipo test con cuatro respuestas alternativa, en las que solo una de ellas es la correcta. En el ejercicio se valorará los conocimientos del temario específico de la convocatoria.
La calificación es de 0 a 8 puntos.
Tercer ejercicio:
La prueba determina los conocimientos de nivel intermedio de catalán B2 (antiguo B) o superior. Los ejercicios de evaluación y certificación de conocimiento de catalán se realizan mediante la acreditación del conocimiento del catalán y el aranés en los procesos de selección de personal y de provisión de puestos de trabajo de las administraciones públicas de Cataluña.
La prueba tiene dos partes, son las siguientes:
Primera parte: consiste en la realización de ejercicios de conocimientos sintácticos y de comprensión de la lengua catalana, en referencia a las plazas de la convocatoria. En el ejercicio se valorará el dominio de la expresión escrita.
La calificación es de apto o no apto.
Segunda parte: Consiste en un ejercicio de exposición oral y de conversación sobre temas de actualidad. En el ejercicio se valorará la expresión oral.
La calificación es de apto o no apto.
Puede haber una prueba de castellano.
Tiene dos partes, son las siguientes: La primera es la escritura de una redacción que contenga al menos 200 palabras. La calificación es de apto o no apto. La segunda es la escritura de una redacción que contenga al menos 200 palabras. La calificación es de apto o no apto.
Cuarto ejercicio
La prueba de aptitud física está formada por 5 ejercicios físicos. La calificación total es de 22 puntos.
La serie de ejercicios que forman la prueba de aptitud física son:
Dominadas: La prueba mide la fuerza de brazos.
Arrastre de maniquí: La prueba mide la fuerza y potencia de brazos y piernas.
Course navette: La prueba mide la potencia aeróbica máxima.
Circuito de agilidad: La prueba mide la agilidad y la velocidad.
Circuito de piscina: La prueba mide el dominio del medio acuático
Quinto ejercicio
La prueba consiste en un reconocimiento médico.
En el ejercicio se comprobará la existencia de las exclusiones médicas de la convocatoria. La calificación es de Apto o No apto.
NOTA: Este tipo de examen es orientativo ya que cada Ayuntamiento o entidad convocante puede establecer las pruebas que considere oportunas. Las convocatorias de oposiciones a Bombero son realizadas por los Ayuntamientos o los Gobiernos de cada Comunidad Autónoma, aunque aparecen incluidos en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
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